Medio ambiente

La cosmovisión Kukama que prevaleció ante los tribunales en defensa de los ríos

La protección de los principales ríos de la Amazonía es la causa que moviliza a un grupo de lideresas kukama kukamiria en Loreto. Su relación espiritual con los ríos fue el argumento principal en dos sentencias que les dieron la razón: la declaratoria del río Marañón como sujeto de derecho, en marzo de este año, y que se evite dragar tres ríos para la construcción de una Hidrovía Amazónica, en junio.

Mujeres demandantes en río Marañón Huaynakana Kamatahuara Kana
Mujeres demandantes a orillas del río Marañón.
Foto: Miguel Araoz Cartagena

Para el Estado peruano, el río Marañón es una oportunidad de transporte comercial con Brasil, el segundo destino de sus exportaciones después de Chile, hasta el 2023; en cambio, para los Kukama Kukamiria, un pueblo indígena asentado en la Amazonía peruana, es un territorio donde la vida sucede en el agua, un país espiritual donde los karuara, hombres que viven bajo el río, cuidan y vigilan el cauce que le da de comer a su pueblo.

Entre el 2000 y 2019, hubo 474 derrames de petróleo sobre este afluente y los otros tres más importantes de la Amazonía: Huallaga, Ucayali y Amazonas, según un informe de Oxfam y la Coordinadora de Derechos Humanos. Y, para más perjuicio, el gobierno concesionó, en 2017, la construcción de una Hidrovía Amazónica a lo largo de 2.687 kilómetros para que barcos de gran tonelaje se trasladen por este territorio. Los kukama advirtieron la amenaza, estaban en peligro.

Ante ello, la Federación de Mujeres Indígenas Kukama Huaynakana Kamatahuara presentó dos demandas: la primera, una acción de amparo en 2018, pedía que se cumpla con los estudios de impacto ambiental reconocidos por el artículo 7.3 del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que involucra la consulta a 410 comunidades nativas que serían afectadas; la segunda, en 2021, exigía que se declarase al río Marañón como sujeto de derecho.

Ganaron. En ambas. No es un triunfo ambiental cualquiera. Los dioses kukama debajo del río tenían mucho que ver.

IMG_7339© Miguel Araoz _ Quisca
Federación de Mujeres Indígenas Kukama Huaynakana Kamatahuara
Foto: Miguel Araoz Quisca

—Yo creo que la sentencia de Hidrovías es la que mejor recoge la cosmovisión kukama, definitivamente. Es un precedente histórico. Hay sentencias quizá en Colombia o Ecuador, pero una que reconozca, como esta, la cosmovisión del pueblo indígena, ninguna —señala Juan Carlos Ruiz, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL) que estuvo al frente del caso.

Cuando habla de países vecinos se refiere a dos casos específicos. La disputa entre el pueblo kichwa de Sarayacu contra el gobierno ecuatoriano cuando pretendía entregarle territorio indígena a una petrolera y el conflicto de la comunidad Saramaka, en Surinam, contra su mismo Estado, por entregar tierras ancestrales para una explotación minera y forestal sin consulta con la población. En ambos casos los pueblos ganaron.

Los kukama también. Lo que hace la sentencia, en segunda instancia, emitida por la Corte Superior de Justicia de Loreto no es poco. No toquen el río, le dice al gobierno, sin antes preguntárselo a la población de 14 comunidades de Loreto y Ucayali: achuar, ashaninka, awajún, bora, capanahua, kichwa, kukama kukamiria, murui, muinani, shawi, shipibo-konibo, tikuna, urarina, yagua y yine. Y más: respeten el vínculo espiritual —la palabra es textual de la sentencia— que la comunidad tiene con este ser de agua y su ecosistema, una convivencia al amparo de la ley.

“Los kukama sostienen una intensa relación con el mundo, esta relación permite, por ejemplo, la comunicación con los seres habitantes del río entre los cuáles se encuentran sus familiares sumergidos”, señala una investigación de Daniel Fernández y Marcos Ramírez, para la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), referida a las geografías “afectivas” del pueblo kukama. “Tenemos seres que viven debajo del agua y tienen una función muy importante, gracias a ellos podemos vivir, hacen que el río sea abundante, atraen a los peces que consumimos”, cuenta Mary Luz Canaquiri, lideresa kukama de la comunidad de Shapajilla.

Mariluz Canaquiri
Lideresas kukama, Mary Luz Canaquiri y, detrás, Emilsen Flores
Foto: Miguel Araoz Quisca

Allá abajo del río

Pero volvamos al inicio, la Hidrovía para el intercambio comercial entre Perú y Brasil. En 2017, el gobierno peruano concesionó el proyecto Vía Navegable Amazónica Peruana a la empresa Cohidro S.A., conformada por la compañía peruana Construcción y Administración S.A. y la china Sinohydro Corporation. Se encargaría del Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) y el Estudio Definitivo de Ingeniería (EDI). La inversión inicial era de 95 millones de dólares. El EIA contemplaba dragar material del río, es decir, remover sedimentos en 13 puntos llamados malos pasos, eso significaba 3.87 millones de metros cúbicos de material. Dos años después, el número creció, en 2019, el EDI establecía 24 zonas para dragar y 4.39 millones de metros cúbicos para remover

—¿No estamos caminando a ciegas aquí? Si primero dices que vas a dragar tanto y 2 años más tarde das otro número, eso muestra que algo está mal —señala Jorge Abad, doctor en ingeniería por la Universidad de Illinois y especialista en dinámica de ríos.

Abad explica que la empresa debió hacer una proyección a futuro de cuántos malos pasos habrían y dónde estarían ubicados. “Se debió predecir la dinámica del río, a dónde se iban a mover los sedimentos. Ahí recién podía calcular qué impactos iba a tener en la naturaleza y en qué zonas”, finaliza. Nada de esto había hecho la empresa. Veía los ríos amazónicos como una carretera estática, agrega Abad, o como si fueran los ríos del Paraná cuando sus dinámicas son distintas. “Solo por mencionar algo, el Ucayali es uno de los ríos más diversos del planeta”, agrega.

Los kukama observaban con preocupación desde la orilla. Estaban lejos de entender los tecnicismos de los EIA o EDI. Para ellos remover sedimentos significa atentar contra sus propias familias, las que habitan debajo de los ríos, además, acabar con los pocos peces de los que aún se pueden alimentar, remover el petróleo derramado por décadas —41 comunidades de las 65 de la Amazonía perjudicadas por ello— y asentado en el fondo de los cauces.

—Dragar un río es matar a lo que tenemos ahí —dice Mary Luz Canaquiri Murayari, la dirigente kukama que encabezó la demanda y personaje principal en esta lucha—. Mis bisabuelos eran chamanes, ellos decían: “los karuaras que están abajo están molestos, nos culpan de que los estamos dañando. No pueden respirar, están sufriendo dolor de ojo, sus hijos están con vómito y diarrea, se están muriendo allá abajo”.

Esta relación intrínseca, vinculada a la cosmovisión de este pueblo amazónico cuya población se estima en 37.053 personas asentada siempre cerca de los ríos, tuvo un peso gravitante en la sentencia. En la primera audiencia del proceso judicial participó otro líder kukama, el apu de la comunidad Tarapacá, Rusbel Casternoque, del distrito de Punchana, al norte de Iquitos. “Los ingenieros nos preguntan qué pedazos del río son sagrados. Para nosotros no es que aquí hay un pedacito sagrado. ¡No! ¡Todo es sagrado!”, dijo. No era una voz provecta hablando de leyes, era un sabio de la comunidad intentando compartir su forma de entender el mundo.

En su investigación sobre el pueblo kukama, Fernández y Ramírez recogen que al inicio del mundo, el dios Kukama lanzó flechas grandes y pequeñas, las primeras originaron los ríos Marañón, Ucayali, Huallaga y las otras, los afluentes más pequeños. La vida de esta población está muy vinculada a los ríos, siempre se han asentado en sus orillas. Cuando el río muestra un caudal alto y el cauce se modifica, se trata del movimiento de la purawa, la serpiente madre cuyo recorrido puede generar estas modificaciones. Pero una cosa es que el río se mueva por fuerzas de la naturaleza o espirituales y otras por mano del hombre. Eso molesta a los karuara, dice Mary Luz Canaquiri.

La Corte de Justicia de Loreto no ignoró esta forma de entender la naturaleza y el mundo de los kukama. La sentencia emitida el 9 de mayo de 2024 lo establece claramente: “Todo pueblo indígena tiene derecho a practicar su espiritualidad desde su propia y específica cosmovisión que incluye no solo la expresión de determinadas ceremonias o ritos, sino también la transmisión de ellos hacia los descendientes. Es deber del Estado crear las condiciones para que cada pueblo pueda expresar de manera libre y sin ningún lastre discriminativo su espiritualidad”, se lee.

Si un barco comercial quería entrar en los ríos debía hacerlo bajo todos los parámetros de la justicia internacional y con el respeto por un espacio sagrado. El fallo histórico ordenó además al Servicio Nacional de Certificación Ambiental (Senace) a cumplir el artículo 7.3 del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la jurisprudencia de la CIDH, referida a la obligatoriedad de la consulta a los pueblos que pueden ser afectados por este proyecto. También le ordena “evaluar los impactos sociales, culturales y espirituales” del proyecto y exigir a la consultora que se hará cargo del proyecto a llevarlo a cabo con la opinión de las comunidades indígenas.

Rio Marañon © Miguel Araoz Cartagena _ Quisca
Río Marañón declarado sujeto de derechos.
Foto: Miguel Araoz Quisca

Guardianas y voceras de su cosmovisión

La sentencia en el caso Hidrovía Amazónica fue la segunda marea que resultó a favor de la Federación de Mujeres Indígenas Kukama Huaynakana Kamatahuara conformada, además de Maryz Luz Canaquiri, por Celia Fasabi, Gilda Fasabi, Rosa Tamani y Emilsen Flores. La primera había sido similar, pero referida solo al río Marañón: se le declaró sujeto de derecho lo que significa once características que le fueron otorgadas según la sentencia en primera instancia: a existir, derecho a fluir, derecho a ejercer sus funciones esenciales con el ecosistema, derecho a estar libre de toda contaminación, derecho a alimentar y ser alimentado por sus afluentes, derecho a la biodiversidad nativa, derecho a la restauración, derecho a la regeneración de sus ciclos naturales, derecho a la conservación de su estructura y funciones ecológicas, derecho a la protección, preservación y recuperación y derecho a la representación.

En marzo de este año, cuando se dio el fallo, las mujeres kukama se alegraron. Sus seres debajo de los ríos, sus peces, su ecosistema iba a ser protegido ante tantos derrames, tantos químicos que llegaban al viejo Marañón.

—Los derrames los “fondeaban” con químicos blancos, el petróleo se iba al fondo —dice Mary Luz.

Pero es una sentencia en primera instancia. En mayo se desarrolló la audiencia de apelación. Las entidades demandadas: Petroperú, el Ministerio del Ambiente, el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, la Autoridad Nacional de Agua, el Ministerio de Energía y Minas, la Dirección Ejecutiva de Gestión Ambiental de Loreto y la Gerencia General de Asuntos Indígenas del gobierno regional no estaban de acuerdo, todas en conjunto. El argumento del Ministerio de Ambiente, entre todos, resaltó por su planteamiento. La doctrina filosófica de la Constitución del Estado es antropocéntrica, señalaron, y no ecocéntrica. La máxima entidad del Estado peruano encargada de velar por el medio ambiente decía que los intereses del hombre estaban por encima de cualquier río. Que siga derramándose petróleo, total se limpia, parece ser su lógica.

—Ya no hay zúngaros, ya no se ve el dorado, tampoco el saltón, los boquichicos ya no “mijanean”, a las justas “mijanean” las sardinas, la ractacara, los llambinos, hasta las motas ya no hay. Antes nadie hacía caso a la mota, nadie quería comer cahuara, pero ahora ya no hay. Mi mamá decía que los peces chicos eran comida de los paiches, los zúngaros, ahora los comemos nosotros —dice Mary Luz.

Peces del Marañon © Miguel Araoz Cartagena _ Quisca
Los peces del Marañón cada vez son menos abundantes.
Foto: Miguel Araoz Quisca

Cristina Blanco, Tara Von Ho y Anil Yimaz Vastardis, docentes de la facultad de Derecho y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Essex, en el Reino Unido, decidieron sumarse a las mujeres kukama. Presentaron un amicus curiae durante el proceso que, además de profundizar en el derecho internacional que asiste a los pueblos indígenas, vuelve sobre la cosmovisión de un pueblo como factor decisivo para darle voz a los espíritus del río y cuidarlo. “Desde el pensamiento kukama, el territorio es habitado por distintas categorías de ‘gentes’ que habitan una pluralidad de mundos. Estas presencias, a su vez, son responsables de la configuración de diferentes modos de habitar el espacio, entre agentes humanos y no humanos”, señala la investigación.

La sentencia del río Marañón como sujeto de derecho, dada en marzo de este año, tuvo más resonancia internacional. Los ojos del mundo voltearon hacia las mujeres kukama, pero quizá no terminaron de entenderlas. Ellas fueron designadas como “guardianas, defensoras y representantes” de este afluente del Amazonas que abarca 1.400 kilómetros y cuya cuenca es la séptima más grande de la Amazonía. A través de ellas hablará, hablarán sus seres. “La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha afirmado reiteradamente que la autoidentificación es el principal criterio para el reconocimiento de un grupo humano como pueblo. Esto incluye el reconocimiento por terceros de la cosmovisión o mirada del mundo particular de determinado pueblo con relación, por ejemplo, al río”, señalan las investigadoras del Reino Unido.

En medio de argumentos judiciales, códigos, jurisprudencia y razones taxativas, la cosmovisión amazónica se enarbola no por la fuerza, sino como forma de entendimiento que los pueblos indígenas guardan con su entorno. La sentencia lo dice de esta forma: “En este territorio, el pueblo kukama realiza para su subsistencia la caza, pesca y cosecha, y recogen agua, plantas para fines medicinales, aceites, minerales y madera. Los sitios sagrados están distribuidos en todo el territorio, a la vez el río Marañón en sí tiene un valor sagrado para ellos”.

Mariluz sacando agua de rio © Miguel Araoz _ Quisca (1)
Mary Luz Canaquiri llevando agua del río.
Foto: Miguel Araoz Quisca

Mary Luz Canaquiri está preocupada. En el caso de la Hidrovía Amazónica han ganado en segunda instancia luego de que el Senace argumentara que la concesionaria Cohidro desistió de continuar el proyecto, pero el Gobierno peruano aún tiene el proyecto en agenda. La amenaza está latente. Y con el río Marañón, luego de la audiencia de apelación en mayo, el pronunciamiento está pendiente y el cumplimiento de Petroperú, sobre todo, de la implementación de un instrumento de gestión ambiental para mitigar daños por los lugares que atraviesa el oleoducto norperuano. Su lucha se ha oído en medios nacionales e internacionales, pero no sirve mientras no respeten los ríos.

Para Juan Carlos Ruiz esta brega judicial y ambiental, impulsada por un pueblo creyente del Ini Yara, que en lengua kukama significa nuestro dueño, y cuya actividad está centrada en la pesca, es un modelo de la forma en que deberíamos proteger los ríos.

—Es la batalla por la defensa de los ríos, y esa batalla deberíamos de darla todos. Ellos están defendiendo por todos nosotros los ríos. Si vas al lago Titicaca en Puno, es un chiquero. SEDA Juliaca vierte excretas en el río Torococha y el río Coata; en Cuzco, el Watanay igual, en Abancay el Pachachaca; e vas a Urubamba, ves cómo esos recreos que hay echan la basura, es para llorar. Los kukamas han dicho basta, los ríos son vida.

Y no solo las mujeres kukama. Desde el río, los karuara también han sabido hablar.

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