Guardaparques del Parque Nacional Huascarán - Foto Ricardo Mendoza
Foto: Ricardo Mendoza
Medio ambiente

Ser guardaparque en Perú: una labor de alto riesgo y con derechos precarizados

En las áreas naturales protegidas del Perú, más de 900 guardaparques dedican su vida a cuidar la biodiversidad. Pero, a pesar de su entrega, trabajan en condiciones precarias y sin derechos laborales reconocidos. Incluso con cerca de treinta fallos judiciales a su favor, el Estado sigue dándoles la espalda. Este reportaje cuenta la historia de Graciela Hilares y Agustín Vásquez, quienes han pasado décadas protegiendo la naturaleza sin recibir el reconocimiento ni la seguridad que merecen.

Graciela Hilares ha recorrido innumerables veces los senderos del Santuario Nacional de Ampay, en la región Apurímac. Durante casi 24 años de servicio ininterrumpido como guardaparque, su presencia se ha fundido con el paisaje, convirtiéndose en parte esencial de este territorio. Al avanzar por los empinados caminos que conducen a las lagunas Angasccocha (3,250 m.s.n.m.) y Uspaccocha (3,750 m.s.n.m.), parece trazar la ruta con cada paso, como si la montaña se moldeara bajo sus pies. Graciela conoce el peso de su labor en la conservación de esta área natural protegida. "Sin nosotros, quedaría desierta, expuesta a la destrucción de sus plantas y a la caza furtiva. Somos la primera línea de defensa", afirma. Sin embargo, tanto ella como sus compañeros enfrentan una dura realidad: su trabajo sigue sin recibir el reconocimiento ni la retribución que merece.

En el Perú, 903 guardaparques oficiales forman parte del equipo reconocido por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), que custodia 76 áreas naturales protegidas entre reservas nacionales, parques nacionales, santuarios, reservas paisajísticas, refugios de vida silvestre, reservas comunales, bosques de protección, cotos de caza y zonas reservadas.

Sin embargo, detrás de este esfuerzo colectivo hay un conflicto: al menos una treintena de ellos ha demandado al Sernanp y al Ministerio del Ambiente por la desnaturalización de sus contratos laborales. Graciela Hilares es una de las afectadas. A pesar de largo tiempo dedicado a proteger el Santuario Nacional de Ampay, el Estado no ha reconocido plenamente sus derechos laborales. Su caso, como el de muchos otros, refleja una deuda pendiente con quienes resguardan los tesoros naturales del país bajo condiciones que distan de ser justas.

Para esta investigación se analizaron 27 sentencias emitidas en favor de guardaparques: 12 en primera instancia, 12 en segunda instancia y 3 a nivel de la Corte Suprema. Según los expedientes revisados, correspondientes a 13 casos, el Sernanp y el Minam acumulan una deuda de S/ 1,666,785.00, correspondiente a vacaciones atrasadas, indemnizaciones, intereses legales y otros conceptos. Los demandantes, con entre 14 y 21 años de servicio, enfrentan una incertidumbre laboral que les impide planificar su jubilación.

Estos fallos respaldan las demandas de quienes, como Graciela Hilares, han demostrado que existe un patrón de vulneración sistemática a sus derechos laborales que ha sido corregido por el sistema judicial en múltiples ocasiones.

Graciela Hilares, guardaparque oficial del Santuario Nacional de Ampay. Laguna Angasccocha (a 3,250 m.s.n.m.)_Foto Gabriel García.
Graciela Hilares, guardaparque oficial del Santuario Nacional de Ampay. Laguna Angasccocha.
Foto: Gabriel García

Derechos negados

Graciela Hilares recuerda con pesar a compañeros que trabajaron más de 30 años de su vida como guardaparques y murieron sin recibir los beneficios que les correspondían. Su labor, muchas veces cumplida en condiciones extremas, quedó en el olvido. Por eso, ella ahora lucha para asegurar un futuro digno para su familia y sus hijas. No piensa rendirse a pesar de los constantes retrasos y apelaciones en su proceso legal.

Ser guardaparque en el Perú no solo implica proteger áreas naturales, sino también enfrentar peligros constantes. Amenazas, ataques y condiciones adversas son parte de su día a día. Sin embargo, el Estado sigue sin garantizar su seguridad ni reconocer su trabajo. La muerte de Lorenzo Wampagkit Yamil, asesinado en 2020, y la de Jailer Jota Coquinche, quien falleció a los 24 años por dengue en una zona fronteriza remota, evidencian la precariedad en la que ejercen su labor.

A esta lista se suman tragedias recientes, como la de Victorio Dariquebe Gerawairey, asesinado en abril de 2024, y Quinto Inuma Alvarado, cuyo asesinato en noviembre de 2023 conmocionó al país. Ambos dedicaron su vida a la defensa del medio ambiente como guardaparques, enfrentándose a peligros que evidencian la falta de medidas adecuadas para protegerlos.

Mar Pérez, abogada encargada de la Unidad de Defensores Ambientales de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos del Perú, explica que los guardaparques enfrentan una situación de altísimo riesgo debido a las constantes agresiones que sufren. Pérez señala que, al igual que otros defensores del medioambiente y líderes sociales, los guardaparques “son permanentemente objeto de agresiones que van desde actos de intimidación, amenazas, y también asesinatos".

Pese a esto, como en el caso de Graciela, no se les garantizan derechos mínimos.

Jair Rentería es guardaparque del Coto de Caza El Angolo, en Tumbes. En julio de 2024, su puesto fue atacado por cazadores furtivos. Foto Ricardo Mendoza
Jair Rentería es guardaparque del Coto de Caza El Angolo, en Tumbes. En julio de 2024, su puesto fue atacado por cazadores furtivos.
Foto: Ricardo Mendoza

Henry Carhuatocto, abogado especializado en derecho laboral y ambiental, y director del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS Perú), explica que los conflictos laborales de los guardaparques tienen su origen en los años noventa. En esa década, el desaparecido Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) los contrató bajo un régimen de locación de servicios, un modelo que supone que la persona contratada no tiene un jefe directo, goza de autonomía plena y recibe honorarios por un servicio específico.

Sin embargo, Carhuatocto subraya que “en el caso de un guardaparque eso es imposible, porque el guardaparque está subordinado a un jefe del área protegida, a especialistas y a trabajadores administrativos”.

El abogado, quien ha estado a cargo de los 13 casos revisados para esta investigación, explica que los contratos de locación resultan inapropiados porque los guardaparques cumplen con las características de un contrato laboral. “En los procesos judiciales demostramos que su relación reúne los tres elementos esenciales de un contrato de trabajo: es una prestación personal, es remunerada, y existe subordinación por parte del empleador, lo que permite que sean fiscalizados y sancionados como trabajadores formales”, detalla.

Esta subordinación - explica- le da justificación al reclamo de los guardaparques por beneficios sociales que debieron recibir desde los años 90, como gratificaciones, compensación por tiempo de servicios, escolaridad, entre otros. “Eso es lo que estamos reclamando y no se nos está dando a la fecha”, recalca Carhuatocto.

El Poder Judicial ha fallado consistentemente a favor de los guardaparques, basándose en el llamado "principio de primacía de la realidad". Este principio, frecuentemente citado en las sentencias, establece que, en caso de discrepancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que está documentado formalmente, prevalece la realidad de los hechos sobre lo estipulado en los documentos. Es decir, lo que sucede en la relación laboral tiene mayor peso que lo que figura en un contrato.

Esta interpretación encuentra respaldo en la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Su artículo 4 señala que, ante una prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. Además, el artículo 72 especifica que los contratos laborales deben estar por escrito, indicando claramente su duración y las causas objetivas que justifiquen la modalidad contractual. Finalmente, el artículo 77 advierte sobre la "desnaturalización de los contratos" en casos donde se demuestre simulación o fraude a las disposiciones legales.

En el caso de los guardaparques, esta norma ha sido clave para evidenciar que sus contratos por locación de servicios no reflejan la realidad de su relación laboral.

CAPTURA
Página 12 de la sentencia a favor, en primera instancia, de Graciela Hilares. Se menciona y explica el “Principio de Primacía de la Realidad”.

El Sernanp incumple los fallos

En el corazón del Parque Nacional de Cutervo, la primera área natural protegida del Perú, Agustín Vásquez Gonzáles ha dedicado 25 años de su vida a resguardar su biodiversidad. A sus 50 años, este guardaparque ha enfrentado incendios forestales, taladores ilegales y condiciones laborales precarias que han puesto a prueba su compromiso.

Desde 1999, trabaja en el Puesto de Control y Vigilancia “La Capilla”, donde patrulla a diario, previene delitos ambientales y alerta a las autoridades sobre actividades ilegales. A pesar de su entrega, el Estado no ha correspondido su esfuerzo.

Vásquez cuenta con dos sentencias judiciales y una casación a su favor, que le reconocen derechos laborales como vacaciones, gratificaciones y compensación por tiempo de servicios. Sin embargo, el Ministerio del Ambiente y el Sernanp han incumplido estos mandatos.

"Hay resoluciones, sentencias, contra el Sernamp, pero hace oídos sordos y no responde a mi demanda", comenta el experimentado guardaparque, desde Santo Domingo de la Capilla, donde se ubica el Parque Nacional de Cutervo, en Cajamarca.

CAJAMARCA - AGUSTÍN VÁSQUEZ, GUARDAPARQUE
Agustín Vázquez, guardaparque del Parque Nacional de Cutervo.
Foto: Ricardo Mendoza

El caso de Agustín Vásquez Gonzáles adquiere un matiz aún más grave debido a las acciones del Sernanp. A pesar de no haberle reconocido en la práctica sus derechos laborales, esta entidad emitió una constancia de trabajo que afirma que el guardaparque ya pertenece al Régimen Laboral 728, lo que implicaría que habría recibido los beneficios acumulados en sus 25 años de servicio. Sin embargo, esta declaración dista mucho de la realidad.

“Quisiera que observen esta constancia de trabajo que me firma Recursos Humanos [del Sernanp], como quien se burla de mí, porque dice que soy un guardaparque bajo el Decreto Legislativo 728, pero es una mentira. Ni siquiera gozo de ese beneficio ni nada hasta la fecha, solamente papelitos emiten nada más”, denuncia Agustín.

El abogado Henry Carhuatocto califica este acto como muy grave. “Lo que han estado haciendo es entregar una constancia donde dicen que los guardaparques han sido incorporados a la planilla 728, pero en la realidad, les siguen dando boletas CAS, lo que evidencia que no están bajo este régimen”, explica. Y añade: “En la práctica, ese tipo de constancias calificaría como falsedad genérica”. Este hecho no sólo refleja el incumplimiento de mandatos judiciales, sino también un intento de encubrir la situación real, profundizando la precariedad laboral de los guardaparques.

Cabe precisar que el 17 de diciembre de 2024 hubo una reunión entre algunos guardaparques con procesos pendientes ante el Poder Judicial con el Sernanp. Entre ellos, Agustín Vásquez. En este encuentro se acordó el pago de los derechos laborales atrasados para su caso y el de otros, luego de casi 10 años de juicio. Aunque el pago ya se realizó el 9 de enero de 2025 ante el Poder Judicial, este no se ha hecho efectivo hasta la fecha, ya que aún no ha llegado la notificación correspondiente a Vásquez.

Guardaparques de Cajamarca, con documentos
Agustín Vásquez junto a su compañero, Víctor León Flores, mostrando constancias emitidas por el Sernanp que no se ajustan a su realidad laboral.
Foto: Ricardo Mendoza

Autoridades en silencio

Aunque la Ley N° 31991, Ley de Guardaparques del Perú, ya ha sido reglamentada tras casi una década de lucha del Sindicato Único de Trabajadores del Sernanp (Sutrasernanp), su aplicación sigue siendo incierta. Esta norma establece un régimen especial que mejora las condiciones laborales de los guardaparques, incluyendo aumentos salariales y bonos por trabajo en zonas alejadas, fronterizas o de difícil acceso. Sin embargo, aún no hay claridad sobre cuándo se hará efectiva.

Ignacio Sánchez, secretario general del Sutrasernanp, explica que la ley no ha definido quiénes serán los beneficiarios ni cómo se implementarán sus disposiciones. Aunque la Ley de Presupuesto de 2025 asignó 10 millones de soles para su ejecución, el desembolso está previsto recién para agosto de este año y sin un cronograma claro.

El aporte de los guardaparques al país contrasta con el trato que reciben. Según el ministro del Ambiente, Juan Carlos Castro Vargas, la conservación de las Áreas Naturales Protegidas (ANP) genera el 3.3 % del PBI peruano. Sin embargo, quienes custodian estos territorios enfrentan condiciones laborales precarias. A pesar de los riesgos de su labor, sus sueldos oscilan entre 1,600 y 2,200 soles (425 a 585 dólares), una remuneración que no refleja la importancia de su trabajo.

Para este reportaje, se solicitó una entrevista con el jefe del Sernanp, José Carlos Nieto, a través de la Unidad Funcional de Imagen Institucional y Comunicación Social el 3 de diciembre, pero fue rechazada. Posteriormente, el 5 de diciembre, se envió un cuestionario con preguntas sobre el problema y se reiteró el pedido de respuesta en febrero, pero hasta el cierre de edición solo hubo silencio.

Mientras tanto, guardaparques como Graciela Hilares y Agustín Vásquez Gonzáles siguen en pie de lucha, sin rendirse en su batalla por el reconocimiento de sus derechos.

Puedes ver este reportaje en su versión en video aquí:

Este reportaje ha sido financiado por la RedLabora - Red Internacional de Periodistas Laborales, creada por Repórter Brasil.