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El Salvador: Ministros de Obras Públicas y de Salud a juicio de cuentas por remodelación de hospitales

La Corte de Cuentas halló irregularidades en el proyecto de remodelación de treinta hospitales tras un examen especial que ahora se encuentra en la Cámara Quinta de Primera Instancia. Sus señalamientos incluyen que se destinó más de 600 mil dólares de la emergencia para pintar las fachadas de los hospitales y que se compró aire acondicionado para áreas ajenas a la atención de pacientes covid-19.

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Francisco Alabí, ministro de Salud (izquierda) y Romeo Herrera, ministro de Obras Públicas (derecha).
Foto: MOPT

Hubo anticipos de dinero a 35 proveedores con valores mayores a los permitidos por la ley. No se realizó el estudio de mercado para determinar la idoneidad de sus ofertas. Se pagó casi 900 mil dólares en compras no relacionadas directamente con la emergencia sanitaria. Estas son algunas de las anomalías detectadas por la Dirección de Auditoría 4 de la Corte de Cuentas de la República (CCR) tras medio año de revisión y verificación de las reparaciones que el Gobierno hizo en 30 hospitales para hacer frente a la pandemia.

El ministro de Obras Públicas, Romeo Herrera, aparece señalado en ocho de los 10 hallazgos del “Examen Especial a la Readecuación y Reconstrucción de la Red de Hospitales ejecutadas por el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte, a requerimiento del Ministerio de Salud por el periodo del 19 de marzo al 30 de junio de 2020 para atender la pandemia de covid-19.”

El informe de la Corte de Cuentas, publicado en el sitio web de la institución, también determinó que otros diez funcionarios incumplieron diversas leyes o no garantizaron el buen uso de los fondos públicos, entre ellos el ministro de Salud, Francisco Alabí, los jefes de las unidades de compras y adquisiciones, algunos administradores de contratos, y los encargados de supervisar el convenio de apoyo firmado entre el Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT) y el Ministerio de Salud (MINSAL).

Tal como lo manda la Ley de la CCR, los auditores comunicaron a los señalados las irregularidades y recibieron los comentarios antes de que finalizara el 2020. Sin embargo, ninguna de las explicaciones de los funcionarios convenció a los auditores para desvanecer cada uno de los reparos. Por eso, el caso pasó a la siguiente etapa.

El expediente ya está en manos de la Cámara Quinta de Primera Instancia y se tramita el Juicio de Cuentas con el número CAM-V-JC-003-2021, desde el 9 de febrero pasado. Así lo confirmó a Salud con lupa la Oficina de Información y Respuesta (OIR) de la CCR.

Respuesta CCR OIR
Imagen de la resolución final emitida por la OIR de la Corte de Cuentas el 7 de julio de 2021.

Entre los objetivos específicos del examen especial estuvo verificar que en la adquisición de bienes y servicios con dinero del Fondo de Protección y Mitigación de Desastres (FOPROMID) se hubieran cumplido los requisitos mínimos de conformidad a la emergencia y a la realidad nacional. Pero también, que se haría una verificación física para comprobar que las readecuaciones de los hospitales cumplieran con los requerimientos técnicos por el MINSAL.

De esta forma se detectó irregularidades, como obras inconclusas y compra de aires acondicionados para áreas que dan atención a otras enfermedades. Una de las empresas que vendió estos equipos es la que fundó el diputado oficialista Christian Guevara.

Las nuevas responsabilidades del ministro Herrera

Desde antes de que el presidente Nayib Bukele cumpliera 100 días de gobierno, el ministro de Obras Públicas, Romeo Herrera, no solo lideraba la ejecución de proyectos de carreteras en El Salvador, también se le delegó que su institución esté involucrada en la realización de obras físicas para otros ministerios. Es así que varias dependencias han dejado de ser las encargadas de planificar y realizar sus nuevas obras o reparaciones y ahora comparten dicha responsabilidad con el MOPT. Para validar este giro en las responsabilidades, han firmado acuerdos o cartas de entendimiento.

El 4 de septiembre de 2019, el MINSAL y el MOPT firmaron un primer convenio general “para ejecutar proyectos de interés público” al cual se le han ido agregado anexos con objetivos específicos. El primero, firmado el 9 de septiembre, fue el que permitió que los trabajadores contratados por el MOPT arreglaran las áreas de descanso de familiares en los hospitales.

El segundo anexo se redactó el 19 de marzo, cinco días después de que se declaró Estado de Emergencia Nacional, “para la ejecución de proyectos de construcción de hospitales especializados, así como también para la realización de procesos de adquisiciones y contrataciones de obras, bienes y servicios del MINSAL en el marco de la emergencia por el COVID-19.” El Anexo 2 lo firmó la entonces ministra de Salud, Ana Orellana, con el ministro de Obras Públicas Romeo Herrera, pero como Orellana fue sustituida el 27 de marzo, quien terminó ejecutándolo en la práctica fue el nuevo ministro de Salud Francisco Alabí.

El primero de los hallazgos señalados recalca que ambos funcionarios dejaron de lado lo escrito en la primera claúsula de dicho anexo, y la principal responsabilidad en todas las decisiones la terminó asumiendo el MOPT. El MINSAL no participó ni en la evaluación de las ofertas, ni en la formulación de los términos de referencia, ni en la fase de ejecución y supervisión de las obras. “Se adjudicaron órdenes de compra sin que las ofertas hubieran sido verificadas por la Comisión Evaluadora de Ofertas, que tenía que haber nombrado el MINSAL. El personal designado como administradores de órdenes de compra fue asignado al MOPT, cuando lo tenía que haber nombrado el MINSAL”, sostienen los auditores.

La respuesta que dieron los ministros como contrargumento se repite como un estribillo de descargo en casi en todos los reparos: La LACAP y cualquier otra ley quedó anulada por los lineamientos que generó la Unidad de Compras y Adquisiciones del Ministerio de Hacienda. "Que en razón de que estos procesos de compra son expeditos, a causa del Estado de Emergencia y no un proceso de licitación donde actúa una Comisión Evaluadora de Ofertas, las compras realizadas se ejecutaron dentro del periodo de la vigencia de los "LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA COMPRAS DE EMERGENCIA DECRETADO POR LA PANDEMIA COVID-19", respondió el ministro Herrera al primer señalamiento. Por lo tanto, insisten, se cumplió con la normativa vigente.

Los lineamientos de la UNAC fueron el manual que sirvió de carta blanca para obviar los criterios de transparencia que, para cualquier emergencia, dejó establecida la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP) en los artículos 71 y 72.

El decreto 503 que aprobó la Asamblea para la Emergencia Nacional incluía que la UNAC se encargara de hacer una redacción de lineamientos para facilitar las compras de insumos. Aun con esas flexibilizaciones, los funcionarios incumplieron el acuerdo que ellos mismos habían firmado. Según los auditores, tenía que haberse realizado una evaluación técnica, económica y financiera y luego recomendar con base en los aspectos de menor precio, calidad y/o menor tiempo de entrega.

Estos lineamientos se convirtieron después en el escudo de protección para enfrentar los cuestionamientos de la Corte de Cuentas, pero los auditores no están de acuerdo con las interpretaciones de ministros y sus subalternos y así lo reiteran en varios de los hallazgos. El informe publicado no detalla el nombre de todo los funcionarios señalados, únicamente los cargos.

Los diez hallazgos de la Corte de Cuentas

(Más detalles al darle clic)
Señalamientos Corte de Cuentas
Al MOPT:
a) Se adjudicaron órdenes de compra sin que las ofertas hubieran sido verificadas por la Comisión Evaluadora de Ofertas, que tenía que haber nombrado el MINSAL. b) El personal designado como administradores de órdenes de compra fue asignado al MOPT, cuando lo tenía que haber nombrado el MINSAL.

Al MINSAL:
a) No crearon las Comisiones Evaluadoras de Ofertas. b) No proporcionaron la asistencia técnica durante la fase de formulación de términos de referencia y/o especificaciones técnicas. c) No proporcionaron asistencia técnica en la fase de ejecución de las obras. d) No participaron en las reuniones técnicas y de coordinación para la realización del plan de trabajo."

Funcionarios involucrados
1. Ministro de Obras Públicas 2. Ministro de Salud 3. Gerente de Adquisiones y Contrataciones del MOPT 4. Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones del MINSAL 5. Director de Cooperación Logística del MOPT y el 6. Coordinador Nacional de Proyectos del MINSAL.

Parte de la respuesta oficial
"Que en razón de que estos procesos de compra son expeditos, a causa del Estado de Emergencia y no un proceso de licitación donde actúa una Comisión Evaluadora de Ofertas, las compras realizadas se ejecutaron dentro del periodo de la vigencia de los "LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA COMPRAS DE EMERGENCIA DECRETADO POR LA PANDEMIA COVID-19". "No era requisito que se nombrara una comisión evaluadora, ni que las ofertas tenían que ser verificadas por dicha comisión."

Comentario de auditores
"No es valedero, ya que es la Comisión quien debió evaluar las ofertas en sus aspectos técnicos y económico-financieros y posteriormente recomendar con base en los aspectos de menor precio, calidad y/o menor tiempo de entrega, señalados en el Anexo 1 de dichos Lineamientos. Cabe mencionar que efectivamente se dejó sin efecto, mientras durara la Emergencia decretada, lo establecido en la LACAP, únicamente para simplificar y realizar los procesos más expeditos para las compras con carácter de urgencia, evitar dilaciones en dichas adquisiciones, y no a obviar los procedimientos establecidos."
Señalamientos Corte de Cuentas
Comprobamos según los expedientes de las Órdenes de Compra No. 163 y 217, mediante las cuales se adquirieron equipos de aires acondicionados para instalar en diferentes hospitales de la red pública nacional, que se otorgó a las empresas proveedoras en concepto de anticipos valores sobre los montos adjudicados, que exceden de lo legalmente permitido, que es del 30%.

Funcionarios involucrados
1. Ministro de Obras Públicas. 2. Ministro de Salud. 3. Gerente de Adquisiones y Contrataciones del MOPT. 4. Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones del MINSAL.

Parte de la respuesta oficial
"En atención a la necesidad generada en el mercado nacional e internacional para el abastecimiento de Insumos médicos, que derivo circunstancias extraordinarias para adquirir productos vitales que por efectos de la pandemia se hacían cada vez más escasos, así como el cierre del comercio y la competencia mundial de países compradores, diversos empresarios vinculados a proveer bienes necesarios para atender a la pandemia, solicitaron en su momento se efectuará un anticipo superior a los establecidos en la normativa vigente hasta antes de la pandemia." "Lo actuado se apega a los lineamientos vigentes durante el estado de emergencia"

Comentario de auditores
"Si bien es cierto que se deja sin efecto, lo establecido en la LACAP. mientras durara la Emergencia decretada, es unicamente para simplificar y realizar los procesos más expeditos para las compras con carácter de urgencia. evitar dilaciones en dichas adquisiciones: y no a obviar los procedimientos establecidos. como en el presente caso. que se dio la entrega superior a lo normado en el Art. 34 de la LACAP. como anticipo Por lo tanto, los comentarios de la Administración no desvirtúan lo observado y la condición se mantiene"
Señalamientos Corte de Cuentas
Comprobamos que el MOPT recepcionó equipos de Aires Acondicionados Marca YORK, que han sido instalados en el Hospital Nacional Santa Teresa de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, los cuales no formaban parte de las ofertas presentadas, y sin que se realizaran las gestiones necesarias para la obtención satisfactoria de lo adquirido y sin que se emitiera modificación a la respectiva Orden de Compra.

Funcionarios involucrados
1. Administrador de la Orden de Compra. 2. Gerente de Adquisiciones y Contrataciones MOPT. 3. Ministro de Obras Públicas. 4. Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones del MINSAL.

Parte de la respuesta oficial
"El proveedor solicitó se autorice el cambio de marca de los equipos de aire acondicionado asignados al Hospital Nacional Santa Teresa de Zacatecoluca (Anexo 2), en la que expone que, en razón de la situación que atravesaba el país a causa de la pandemia, no contaban con existencia de los equipos ofertados, por lo que sometían a evaluación la alternativa." "Las atribuciones en el proceso de compra que se estableció para el MINSAL en el Anexo 2 del Convenio, se vieron afectados con la entrada en vigencia de los Lineamientos Especificos de la UNAC"

Comentario de auditores
"Nuestra observación se refiere a la falta de modificación a la Orden de Compra antes del vencimiento del plazo por circunstancias imprevistas de conformidad al Procedimiento 9. del Romano I. de los Lineamientos Específicos para Compras de Emergencia Decretado por la Pandemia Covid-19: lo que hubiese llevado a no tener que solicitar hasta el 16 de diciembre de 2020, cambio del acta de recepción final"" ""En cuanto a que en los Lineamientos Específicos de la UNAC, se eliminó las atribuciones a la Institución que delega la gestión de compra, es una interpretación que no aplica, debido que, así hubiese quedado explícitamente plasmado en dichos Lineamientos."
Señalamientos Corte de Cuentas
Comprobamos que 25 equipos de aires acondicionados, de los adquiridos a la empresa ESPODAR S.A. de C.V., no se encuentran conectados a la red eléctrica en los respectivos hospitales, por lo que no fueron utilizados en el apogeo de la Pandemia Covid-19.

Funcionarios involucrados
1. El administrador de la orden de compra. 2. El director de Construcción y Mantenimiento de la Obra del MOPT. 3. El Gerente de Adquisiciones y Contrataciones Institucional MOPT. 4. El Director de Cooperación y Logística Institucional MOPT. 5. El Ministro de Obras Públicas. 6. El Ministro de Salud. 7. El Jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones MINSAL. 8. El Coordinador Nacional de Proyectos, ambos del MINSAL.

Parte de la respuesta oficial
"Es necesario aclarar que el alcance de la misma fue cumplido, siendo este el suministro e instalación de aires acondicionados; así mismo las diligencias de supervisión y seguimiento se han realizado a través del administrador de la orden de compra, quien oportunamente informó que la condición de la red eléctrica de los hospitales debía ser mejorada, evitándose asi daños en los equipos instalados." "La empresa proveedora instalará una vez se realicen las adecuaciones necesarias."

Comentario de auditores
"Los comentarios de la Administración no desvirtúan lo observado, debido que, en el momento de la verificación física por parte de la Corte de Cuentas de la República, se verificó que no estaban funcionando los equipos de aire acondicionados adquiridos por no estar conectados a la red eléctrica, lo cual independientemente de la causa, no proporcionaron su función primordial de atender a los pacientes Covid-19, lo cual fue la finalidad del uso de los recursos FOPROMYD."
Señalamientos Corte de Cuentas
Comprobamos que el MOPT utilizó recursos asignados para mantenimiento y mejoras en fachadas de Hospitales Nacionales por un monto de $651,690.71, las cuales no están relacionadas directamente con actividades de prevención, tratamiento, contención y atención de la Pandemia por Covid-19. • Asimismo, adquirió equipos de aire acondicionado por un monto de $239,618.17, que han sido instalados en áreas que no están destinadas a la atención de pacientes afectados por dicho padecimiento; haciendo un monto total de $891,308.88.

Funcionarios involucrados
El ministro de Obras Públicas y Transporte. El Gerente de Adquisiciones y Contrataciones del MOPT. El Director General del Viceministerio de Obras Públicas y Transporte. El Director del cooperación Logística Instituciconal y el Director de Construcción y Mantenimiento de la Obras; ambos del MOPT. El jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones y el Coordinador Nacional de Proyectos por parte del MINSAL. El ministro de Salud.

Parte de la respuesta oficial
"Las obras realizadas, por esta administración, en cuanto al mantenimiento y mejoramiento de fachadas, así como el equipamiento de aire acondicionado responde a la satisfacción de las necesidades y requisitos propios mínimos del funcionamiento de un establecimiento de salud. Por las razones antes expuestas, la observación hecha de conocimiento no goza de sustento, en cuanto los recursos asignados han sido utilizados para la atención integral de la emergencia y de los efectos producidos por la misma, debiendo tener en cuenta que el mejoramiento y mantenimiento de la red hospitalaria supone mejores condiciones oara la atención de la emergencia."

Comentario de auditores
Los comentarios de la Administración no desvirtúan lo observado debido que, la Ley de Creación del Fondo de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres (FOPROMYD), en su Art. 4 establece que los recursos 'solamente podrán utilizarse en la prevención de desastres o en aquellos casos que demanden una oportuna y efectiva atención de emergencia ocasionada por desastres...' por lo tanto, la erogación de recursos para mantenimiento y mejoras en fachadas de Hospitales Nacionales y adquisición de equipos de aire acondicionado, que han sido instalados en áreas que no están destinadas a la atención de pacientes afectados por el COVID- 19, y por lo tanto, no proporcionan una oportuna y efectiva atención de emergencia. Por lo tanto, la condición se mantiene.
Señalamientos Corte de Cuentas
Comprobamos que la Orden de Compra No. 136 fue establecida para el suministro de materiales y mano de obra para el mantenimiento de instalaciones e infraestructura del Hospital Nacional Santa Teresa, de Zacatecoluca, para acondicionar un área específica para el tratamiento de pacientes con Covid-19 por lo que se erogó un monto de $96,760.11; sin embargo, se detectaron fallas en el suelo por lo que se tuvo que hacer una modificación a la Orden de Compra inicial, resultando que las obras efectuadas no sean funcionales para atender casos que demanden una oportuna y efectiva atención de emergencia.

Funcionarios involucrados
1. El gerente de Adquisiciones y Contrataciones del MOPT. 2. El director de Cooperación Logística Institucional MOPT 3. El Director de Construcción y Mantenimiento de la Obra del MOPT. 4. El jefe de la Unidad de Adquisiciones y Constrataciones Institucional. 5. El Coordinador Nacional de Proyectos del MINSAL. 6. El Ministro de Obras Públicas y 7. El Ministro de Salud.

Parte de la respuesta oficial
"Se identificó el imprevisto de que el suelo sobre el cual iba a ser cimentada la estructura era de baja capacidad portante, siendo necesario eliminar material de desechos (basura), ripio, escombros, y suelos orgánicos, así como la eliminación de estructuras existentes; es decir que el suelo no reunía las condiciones para soportar la carga que iba a generar la edificación. Dicha situación fue comunicada a las autoridades superiores del hospital, quienes en conjunto con el contratista priorizaron las áreas a intervenir, velando por el objetivo del proyecto: la seguridad sanitaria del personal que laborara en la edificación y tomando en cuenta el aislamiento de diferentes áreas con relación a las demás instalaciones del hospital, la maximización de la utilización de los espacio aprovechando las estructuras existentes y disminuir costos para la atención del máximo de pacientes."

Comentario de auditores
"Los comentarios de la Administración no desvirtúan lo observado, debido que, la finalidad del FOPROMID es utilizar los fondos para la prevención de desastres o en aquellos casos que demanden una oportuna y efectiva atención de emergencia, aunado a ello la administración no efectuó un estudio de suelos ocasionando que se tuvieran que redirigir los recursos en otras partidas por lo que, la obra no pudo ser finalizada y utilizada en la prevenci6n, tratamiento, contención y atención de la Pandemia por Covid-19, incumpliendo lo establecido en el Art. 4 de la Ley FOPROMID. Por lo tanto, la condición se mantiene."
Señalamientos Corte de Cuentas
"Comprobamos que se canceló un monto de $263,872.89 por la Orden de Compra No. 196/2020 de fecha 5 de mayo de 2020, por el Suministro de Materiales y Mano de Obra para el Mantenimiento de Instalaciones e Infraestructura del Hospital Nacional San Juan de Dios, de San Miguel, habiendo constado lo siguiente: 1. Con base a inspección física y a los volúmenes de obra detallados en la Constancia de Obras Ejecutadas según Acta de Recepción Final de fecha 29 de mayo de 2020, no se justificó el monto total pagado ya que existe una diferencia por partidas de obra sin evidencia de su ejecución, hasta por la suma de $24,378.94. 2. No se evidenció proceso sancionatorio al por el incumplimiento mencionado. "

Funcionarios involucrados
" 1. El administrador de la Orden de Compra. 2. El director de Construcción y Mantenimiento del MOPT. 3. El jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones del MOPT. 4. El jefe de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones del MINSAL. 5. El ministro de Obras Públicas. 6. El Ministro de Salud. 7. El representante legal de la empresa contratada."

Parte de la respuesta oficial
"Con base ai informe emitido por el Administrador de Contrato, en fecha 16 de diciembre del presente año, se ha solicitado en Fiscal el inicio de las acciones judiciales que sean necesarias, con el fin de recuperar el excedente que fue cancelado indebidamente."

Comentario de auditores
"Los comentarios de la Administración no desvirtúan la condición debido a que la observación no se hubiese efectuado si la Administración hubiera realizado sus funciones de conformidad al Convenio Marco de Cooperación Institucional entre el Ministerio de Obras Públicas y Transporte y el Ministerio de Salud y normativa aplicable, y no haber esperado que esta Corte de Cuentas de la República detectara el incumplimiento para proceder a efectuar gestiones al respecto: cabe mencionar que no obstante las copias de notas presentadas ante la Fiscalía, por parte de la Administración, no es evidencia de la recuperación de los recursos erogados indebidamente. Por lo que la condición se mantiene."
Señalamientos Corte de Cuentas
Comprobamos que en la Orden de Compra No. 136 Suministro de materiales y mano de obra para el mantenimiento de instalaciones e infraestructura del Hospital Nacional Santa Teresa, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz. se dieron por recibidos por parte del MOPT 288.28 m2 de pintura en paredes. en las cuales se utilizó pintura con especificaciones diferentes a la establecida en la Oferta Económica de la que además no es adecuada para hospitales.

Funcionarios involucrados
1. El administrador de la orden de compra. 2. El representante de la empresa proveedora.

Parte de la respuesta oficial
"Respecto a la observación, se indica que por error, en el Acta de Negociación de Precios se mantuvo el término epóxico" en la partida: "Paredes 0.15 cm, interior y una cara exterior de panel de tabla yeso y denglass de 4’x8xI/2"ambas caras. Con acabado de pintura epoxica a dos incluye: forro, encintado, pasteado, sobre perfilería galvanizada postes y canal. Exteriores", cuando el nombre conecto y el precio negociado correspondía a "Paredes 0.15 cm, interior y una cara exterior de panel de tabla yeso y denglass de 4’x8x1/2"ambas caras. Con acabado de pintura a dos manos, incluye: forro, encintado, pasteado, sobre perfilería galvanizada postes y canal. Exteriores."

Comentario de auditores
"Los comentarios de la Administración y terceros, no desvirtuan lo observado debido que, el área donde debería haber sido aplicada la pintura epóxica era área COVID, por lo tanto no era solo de protección a las obras construidas; en cuanto al supuesto error en el Acta de Negociación de Precios, cabe mencionar que el Art. 82 de la LACAP, establece que: “el contrato deberá cumplirse en el Iugar, fecha y condiciones establecidas en su texto y en los documentos contractuales anexos al mismo, por lo tanto la condición señalada se mantiene."
Señalamientos Corte de Cuentas
"Comprobamos que se realizó la adjudicación a diversas empresas que ofrecieron servicios y disponibilidad de trabajar durante la crisis que generó la situación de la Pandemia Covid-19; sin embargo, en los expedientes no existe evidencia de haber realizado sondeos de mercado para determinar la idoneidad de los oferentes a contratar, ni cotizaciones para establecer que la adjudicación se realizara en cumplimiento a parámetros de competencia."

Funcionarios involucrados
1. El director de Construcción y Mantenimiento de la Obra Pública del MOPT. 2. El Gerente de Adquisiciones y Contrataciones del MOPT.

Parte de la respuesta oficial
Se consultó el banco de proveedores institucional y además se tomaron en cuenta a diversas empresas que se mostraron interesadas y se acercaron a ofrecer sus servicios a la DCMOP, considerando que se generó un Estado de Emergencia y que existía una suspensión de garantía de acuerdo al Decreto Legislativo 583, de fecha 14 de marzo del 2020, se consideraron empresas del rubro que manifestaron disponibilidad de ejecutar lo solicitado en las condiciones actuales del momento, tales como mano de obra limitada, suministros ferreteros escasos, falta de transporte público y restricción en la circulación en general, por el ya mencionado Estado de Emergencia. A partir de lo anterior, esta Dirección invitó a participar a 15 empresas del rubro, con el fin de que participaran en los procesos de mantenimiento de la red nacional de dichos hospitales para la atención de la emergencia por Covid-19.

Comentario de auditores
Los comentarios de la Administración no desvirtúan lo observado, debido que, únicamente presentan el listado de personas a quienes invitaron a participar y no proporcionaron evidencia del sondeo de mercado realizado para evaluar la capacidad e idoneidad de los oferentes para efectuar las Órdenes de Compra; por lo tanto, la Condición se mantiene.
Señalamientos Corte de Cuentas
Comprobamos que no se exigió a los proveedores la presentación de garantías de cumplimiento de las órdenes de compra para asegurar que las obras, bienes y servicios adjudicados serian realizados de conformidad a las especificaciones técnicas requeridas.

Funcionarios involucrados
1. El gerente de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales del MOPT. 2. El ministro de Obras Públicas y 3. El ministro de Salud.

Parte de la respuesta oficial
“Considerando los tiempos de ejecución de las Órdenes de Compra eran plazos cortos y dado el Estado de emergencia, para dichos procesos no se requirió Garantía de Cumplimiento de Contrato, únicamente de Buena Inversión del Anticipo, las cuales fueron revisadas, aprobadas y enviadas a Custodia a la Gerencia Financiera Institucional."" “Los requisitos establecidos en la LACAP no son aplicables a los procesos de compra realizadas durante el Estado de Emergencia Nacional."

Comentario de auditores
"Los comentarios de la Administración, no desvirtúan lo observado y al contrario refuerzan la condición, de conformidad a lo expresado por el Jefe de la GACI del MOPT quien comenta que, considerando que los tiempos de ejecución de las Órdenes de Compra eran plazos cortos y dado el Estado de Emergencia, para dichos procesos no se requirieron garantías de cumplimiento. Por lo que la condición se mantiene."

El hallazgo nueve también señala que se obviaron los procesos que incluso exigían los mismos lineamientos de la UNAC para obtener rápidamente un mejor precio y evitar los favoritismos: “no existe evidencia de haber realizado sondeos de mercado para determinar la idoneidad de los oferentes a contratar, ni cotizaciones para establecer que la adjudicación se realizara en cumplimiento a parámetros de competencia”.

En su defensa, el director de Mantenimiento y Construcción de la Obra Pública, Ad-Honórem del MOPT, dijo que se consultó al banco de proveedores, pero que se tomó en cuenta también a quienes mostraron interés y se acercaron a la institución a ofrecer sus servicios; además, agregó, se invitó a 15 empresas.

“Los comentarios de la Administración no desvirtúan lo observado, debido a que, únicamente, presentan el listado de personas a quienes invitaron a participar y no proporcionaron evidencia del sondeo de mercado realizado para evaluar la capacidad e idoneidad de los oferentes para efectuar las órdenes de compra; por lo tanto, la condición se mantiene”, señalan los auditores.

Las 72 páginas de la versión pública del informe también incluye en los anexos pruebas de cómo se desperdiciaron recursos que se suponía debían ser destinados a insumos que ayudaran en la prevención o tratamiento de la covid-19 y que sustentan el hallazgos cinco: Uso de fondos de FOPROMID para obras no relacionadas directamente con la atención de la emergencia covid-19 por un monto de $891,308.88.

Hospital fachada
Foto publicada en la cuenta de Twitter del ministro de Obras Públicas el 21 de abril 2020 con el texto: “Mejoramos infraestructura en el Hospital de la Mujer”. La CCR objeta que los fondos FOPROMID se hayan destinado para reparaciones exteriores.

En plena escasez de recursos, el gobierno decidió que era momento de dar mantenimiento y mejorar las fachadas de los 30 hospitales del país y gastó $651,690.71 para pintar, poner logos oficiales e iluminar. Otro de los señalamientos es que se adquirió equipos de aire acondicionado, por un monto de $239,618.17, que no están instalados en áreas destinadas para la atención de pacientes COVID-19. Las empresas proveedoras de estos contratos fueron Aire Frío S.A. de C.V. y Espodar S.A de C.V.

Anexo 2

En octubre de 2020, el periódico digital El Faro documentó que el MOP otorgó 1,092,644 dólares en contratos de emergencia por la covid-19 a Aire Frío, la empresa fundada por el entonces candidato a diputado de Nuevas Ideas (NI), Christian Guevara, quien ahora dirige la fracción del partido del presidente Nayib Bukele en la Asamblea. Guevara dejó la Junta Directiva de Aire Frío el 26 de junio de 2020, unas semanas antes de que realizaran las elecciones internas. El Faro advertía que La orden de compra número 163 del MOP no detallaba cuántos ni qué hospitales serían los beneficiados. Solo se escribió: $686,077.42 para suministro e instalación de aires acondicionados en diversos hospitales.

Aire Frío aparece también involucrada en dos hallazgos más, en el que reseña que se dio a las empresas proveedoras en concepto de anticipo valores mayores al 30% que exige la LACAP (hallazgo 2).

Aire Frío, que firmó la orden de compra 163, también fue una de las 35 empresas favorecidas con la no exigencia de garantías de cumplimiento de parte del MOPT, lo cual generó inseguridad jurídica, señalan los auditores en el hallazgo número 10, y ofrecen más detalles en el anexo 5.

La respuesta de la parte oficial apeló a que les quitaran el reparo con la misma frase estribillo: “Los lineamientos, insistimos, son los que rigen las compras de emergencia por covid-19”.

Aires desconectados

Como el trabajo del equipo de la Corte de Cuentas incluyó verificación física de las inversiones, se detectó que 25 de los aires acondicionados a la empresa Espodar S.A. de C.V. no se encontraban conectados a la red eléctrica, “por lo que no fueron utilizados en el apogeo de la pandemia”. Los funcionarios explicaron que se detectó a tiempo una falla en el sistema eléctrico y de esta forma protegieron los equipos. A finales de diciembre, informaron, estaría resuelto el problema eléctrico en los hospitales Saldaña y Metapán y la empresa se comprometió a hacer las pruebas de instalación.

Ante el reclamo de que los aires acondicionados no fueron utilizados durante la primera ola, la respuesta del ministro Herrera al borrador del informe es que igual serán útiles: “la conformación de un supuesto incumplimiento es imposible, por cuanto la pandemia y sus efectos permanecen en el tiempo, en tal sentido el suministro adquirido será utilizado para la atención de la emergencia”, señaló.

El caso del Hospital de Zacatecoluca

Al igual que el presidente Bukele, el ministro Herrera es un ferviente tuitero que publica no menos de 100 tuits al día con fotografías de cómo avanzan los múltiples proyectos de Obras Públicas, o frases destacadas de las entrevistas en las que participa. En abril de 2020, hizo un hilo para mostrar las reparaciones que hacían en los diversos hospitales con el objetivo de abrir más espacios para la atención de pacientes que enfermaran por el virus.

"Así encontramos un sector del Hospital Nacional de Zacatecoluca... Ahora, estamos construyendo un área para ampliar la capacidad de atención para los pacientes”, publico el ministro el 28 de abril. Las fotos que acompañaban el texto eran para marcar un antes y después. Dos ofrecían un panorama desolador de un terreno baldío lleno de maleza y basura; y las otras dos imágenes eran de hombres vestidos con las típicas camisetas amarillas del MOP que ya distribuían la mezcla de cemento sobre el piso de tierra.

Sin embargo, la Corte de Cuentas al verificar in situ detectó que en ese hospital quedaron obras inconclusas. El representante legal de la empresa contratada, cuyo nombre no aparece detallado en la versión pública de la auditoría, expuso que se arrancó la obra sin los análisis previos. “Es importante mencionar que después de iniciados los trabajos y dado que para el inicio de los mismos no se contó con los estudios preliminares: capacidad soportante de suelos, planos de diseño de estructura, entre otros, se solicitó al administrador del contrato en forma oportuna las modificaciones correspondientes”, sostuvo.

Contrario a la respuesta del ministro Herrera, el responsable de la orden de compra admite que corregir ese error demandaba un dinero y un tiempo que no tenían, por lo que en la modificación del contrato quedó claro que “que ventanas, puertas, instalaciones eléctricas, cielo falso, mingitorios y otras actividades, ya no iban a ejecutarse a raíz de los imprevistos identificados”

El director de Cooperación Logística Institucional del MOPT añadió que entonces se dedicaron a priorizar los espacios en las áreas ya construidas. “El suelo no reunía las condiciones para soportar la carga que iba a generar la edificación. Dicha situación fue comunicada a las autoridades superiores del hospital, quienes en conjunto con el contratista priorizaron las áreas a intervenir”, expuso. “Se procedió a solicitar la modificación de las cantidades de obra e incorporación de nuevos ítems a realizar, según nota de fecha 28 de abril de 2020”, agregó el director de Cooperación. Ese mismo día de la modificación de la Orden de Compra, el ministro Herrera presentaba “avances” en su cuenta de Twitter; incluso difundió tuits a inicios del mes de mayo, como si no hubieran decidido cambiar de idea.

Tuits Herrera

En la Cámara Quinta de Primera Instancia, las dos juezas que la componen, tendrán que resolver si existen responsabilidades de carácter administrativo o patrimonial. La revisión y apelación de dicha sentencia queda en manos de la Cámara de Segunda Instancia, la cual está integrada por los tres magistrados que fueron electos en agosto pasado por la anterior Asamblea Legislativa.

Hacer esta supervisión del uso de los fondos de emergencia no fue una tarea fácil para la Corte de Cuentas. “Se ha ido entregando información, pero no con la fluidez que se quisiera”, se quejó en su momento Carmen Rivas, quien entonces fungía como presidenta de la Corte de Cuentas. Uno de los ministerios más resistentes a la entrega de información fue el de Agricultura, donde preliminarmente se han detectado 16 hallazgos de posibles irregularidades. El MAG fue el encargado de las compras millonarias de alimentos que se repartieron para compensar la crisis que provocó el confinamiento. El ministro de Agricultura, Pablo Anliker, fue separado del gabinete semanas antes de que su nombre apareciera en la Lista Engel que publicó, el 1 de julio, el Departamento de Estado de Estados Unidos, y que señala a 21 personalidades de Honduras, 14 de El Salvador y 20 de Guatemala de participar en actos de corrupción o socavar instituciones democráticas

Las compras del MAG, al igual que los gastos del MOP y el Minsal, se efectuaron con dinero que fue depositado en el FOPROMID, cuya ley creada en 2005 dejó la puerta abierta para hacer compras saltándose las exigencias de la LACAP. A esto, el Ministerio de Hacienda le sumó los lineamientos de la UNAC, que terminaron de dar luz verde para tomar decisiones discrecionales que han sido objetadas por la Corte de Cuentas.

La Asamblea aprobó que el gobierno adquiriera endeudamiento hasta por 2,000 millones de dólares para enfrentar los diferentes gastos derivados de la pandemia y, mediante el decreto 608, creó un mecanismo para la supervisión de este presupuesto extraordinario: el Fondo de Emergencia y Recuperación y Reconstrucción Económica (FERRE); pero la Junta Directiva nunca funcionó.

Según Wilson Sandoval, que integra el Comité de Seguimiento y Veeduría del FERRE, el gobierno de Bukele no respetó el mecanismo que se había determinado de planificación y ejecución de los fondos y optó por canalizarlos vía presupuesto ordinario, haciendo una transferencia de 600 millones de dólares al FOPROMID. El total de dinero acumulado para gastos derivados de la pandemia supera los 900 millones de dólares.

Al usar preferente­mente el FOPROMID en lugar del FERRE, además de manejar recursos con mayor discrecionalidad, se desatendió lo establecido en el Decreto Legislativo No. 608, fue una de las conclusiones del tercer informe emitido por el Comité de Veeduría en febrero pasado. Sandoval dice que no conoce que alguien hubiera puesto una demanda en la Sala de lo Constitucional por no cumplir con la legislación.

“La Corte de Cuentas, remotamente, podría determinar que no se siguió el procedimiento adecuado para la priorización de los gastos, pero ¿a partir de eso realizar una sanción? No, no hay ningún mecanismo de sanción. Se acabaron el 1 de mayo, porque eran la Fiscalía o la Sala de lo Constitucional, o la Sala de lo Contencioso Administrativo”, explica Sandoval.

Ese día, sábado 1 de mayo de 2020, la nueva Asamblea dominada por el partido oficial NI destituyó a los magistrados de la Sala de lo Constitucional y al Fiscal General. Ambas instancias habían ejercido un papel de contraloría y cuestionado las decisiones del Presidente en el último año.

Cuatro días más tarde, la misma mayoría legislativa aprobó una ley para garantizar la inmunidad a empresas y funcionarios involucrados en compras relacionadas con la atención de la pandemia. El 4 de junio, el presidente Bukele oficializó que rompía el convenio con la Organización de Estados Americanos que permitió la instalación de la Comisión Internacional contra la Impunidad (CICIES). La CICIES había alertado a la Fiscalía de posibles indicios de corrupción, lo cual empujó al fiscal derrocado a realizar allanamientos en diferentes ministerios.

El Ejecutivo también tiene interés en transformar radicalmente las funciones de la Corte de Cuentas de la República. Sin dar todavía mayores detalles, la Comisión Ad hoc que estudia una propuesta de reformas constitucionales informó el pasado sábado 10 de julio que pretende crear una Contraloría General del Estado.

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