Recientemente, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó un dictamen que se discutirá en el Pleno pronto. Se trata del proyecto de ley Nº 1061/2021-CR que dice promover la competencia en el comercio y fiscalización de productos farmacéuticos en beneficio de los consumidores, con medidas de protección frente a malas prácticas en cadenas de farmacia, distribuidores y laboratorios. Sin embargo, con este proyecto se estaría buscando lo contrario.
Por su propia naturaleza, las farmacias siempre fueron establecimientos de salud, donde los usuarios acudían para comprar los medicamentos que su médico les había prescrito o para consultar con el químico-farmacéutico sobre las interacciones con otros medicamentos o las alternativas de otros productos equivalentes y a mejores precios. El problema está en que, desde los años noventa, las farmacias se parecen más a una simple bodega o puesto de mercado, donde el único servicio e interés es la venta, la ganancia, sin tener como prioridad central la salud de las personas.
Los jóvenes que estudiaban en las universidades para llegar a ser químicos-farmacéuticos aspiraban generalmente a tener su propia farmacia, pero ahora las farmacias particulares han sido sacadas del mercado por las grandes cadenas de farmacias, cuya propiedad está en posición de dominio. Desde 2018, el Grupo Intercorp se convirtió en el dueño de más del 80% de los establecimientos de cadenas farmacéuticas en el Perú. Además, este grupo empresarial es dueño de bancos, compañías de seguros, centros comerciales, supermercados, laboratorios, clínicas, colegios, universidades, entre otros negocios. Entonces, veamos de qué se trata esta propuesta legislativa en favor de estas cadenas comerciales.
Algunos aspectos que se pretenden regular parecen positivos y en favor de las personas:
- Brindar mayor información durante la atención para que el usuario sepa si los productos que solicita o se le ofrecen de manera alternativa son distribuidos o elaborados por una empresa vinculada a la cadena de farmacia que lo vende.
- Prohibir incentivos de cualquier tipo dirigidos a químico-farmacéuticos para que promuevan el consumo de determinadas marcas en desmedro de otras. Son considerados incentivos los bonos, viajes, regalos, pagos en dinero en efectivo, entre otros.
- Obligar a que solo el químico-farmacéutico responsable de la farmacia pueda ofrecer al usuario alternativas de productos farmacéuticos con el o los mismos principios activos, concentración y forma farmacéutica, bajo criterios médicos o farmacológicos. Prohibir criterios comerciales o algún tipo de incentivo económico.
- Prohibir prácticas abusivas en el mercado de productos farmacéuticos, tales como el acaparamiento y la especulación de precios en estados de emergencia sanitaria o por catástrofes.
Sin embargo, el problema de esta iniciativa está en las Disposiciones Complementarias Modificatorias, que bajo el argumento de promover la competencia, se sigue desnaturalizando un servicio de salud, como es la venta de medicamentos y la convierte en una actividad solamente comercial con lo que se pretende aprobar:
- Abrir las puertas a los establecimientos comerciales, incluidos retail, supermercados y tiendas por conveniencia para el expendio de todo tipo de medicamentos, como si fuesen papas, camotes, camisas, zapatillas, etc. Podrán hacerlo sin ningún tipo de autorización. Mientras que para abrir una farmacia o botica, se exige el cumplimiento de una serie de requisitos, a los supermercados y tiendas por conveniencia no les exigirán ninguna autorización.
- Los laboratorios (fabricantes) o importadores podrán vender libremente medicamentos directamente al público de manera virtual y por reparto a domicilio.
Lo más grave de esta iniciativa es que permitiría la publicidad por medios masivos de productos que solo se pueden obtener con receta médica. Esta disposición es la más absurda y atentatoria contra la salud de las personas, pues fomentará aún más la automedicación e inducirá a mayor confusión del público. Hay que tomar en cuenta que los estimados de automedicación en nuestro país están en alrededor del 50% de la población.
Imaginemos ahora infinidad de medicamentos promocionándose por la radio, la televisión y redes sociales.
De aprobarse esta norma podrían aparecer comerciales publicitarios de este tipo:
“Alprazolam, el medicamento ideal para tratar los trastornos de ansiedad y el trastorno de pánico. No más preocupaciones por esos ataques. A solo 50 soles el blíster por 10 tabletas”.
“Azitromicina, ideal para tratar infecciones bacterianas causadas por unos microorganismos como las bacterias. Oferta por Fiestas Patrias, 15 soles la tableta. Eficacia total”.
Diversas instituciones han sido consultadas sobre este proyecto y lo que se puede apreciar es el apoyo del sector empresarial y una opinión muy tibia de las autoridades.
Sin embargo se destacan dos opiniones importantes. El Colegio Químico Farmacéutico del Perú sostiene que este proyecto de ley antepone intereses comerciales sobre el derecho fundamental a la salud de todos los peruanos al autorizar la venta de medicamentos en establecimientos comerciales tipo retail, por supermercados, bodegas y tiendas por conveniencia bajo el pretexto de promover la competencia.
Este gremio profesional sostiene que prohibir la facultad profesional, así como el derecho del paciente a ser debidamente asesorado, atenta contra las competencias del profesional químico-farmacéutico e induce a la compra de un medicamento basándose en fundamentos comerciales y lucrativos.
La Defensoria del Pueblo ha señalado que hay un escenario asimétrico dadas las características de nuestro mercado farmacéutico, donde InRetail Pharma, del grupo lntercorp, es propietaria de las cadenas de boticas lnkafarma, Arcángel y de laboratorio ALBIS, además de Quicorp, Química Suiza y de las cadenas de boticas como Mifarma, BTL, FASA y de laboratorio Cifarm. Una situación que puede generar que la publicidad en grandes medios de comunicación solo sea factible para la compañía mayoritaria, desvirtuando la finalidad de la norma.
Esperamos que este proyecto sea debidamente discutido porque en muchos aspectos atenta contra la salud pública. Al parecer, alguien está muy apurado en aprobarlo, ya que la Junta de Portavoces en sesión del 28 de febrero acordó la exoneración del dictámen en la Comisión de Salud, que es la comisión principal, e incluso lo han exonerado del plazo de publicación en el portal del Congreso y del dictamen de la Comisión de Defensa del Consumidor y se ha ampliado la agenda para incorporarlo en el debate de las próximas sesiones.
Jaime Delgado Zegarra. Abogado por la Universidad San Agustin de Arequipa, con segunda especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno por la PUCP. Tiene una maestría en Políticas en Salud por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Excongresista, autor de la Ley 30021 de Alimentación Saludable. Actual director del Instituto de Consumo - Universidad de San Martín de Porres.