En una histórica sentencia, un juez ordenó que se permita la eutanasia para el caso particular de Ana Estrada, la primera persona que reclama públicamente en el Perú el derecho a decidir la muerte digna. El fallo del juez Jorge Luis Ramírez, del undécimo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, aprueba esta decisión para ella, pero rechaza que se elabore un protocolo para otros casos similares.
La sentencia publicada este jueves ordena al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (EsSalud) respetar y atender la solicitud de la psicóloga Ana Estrada, de 44 años, quien sufre polimiositis, una enfermedad degenerativa e incurable que debilita sus músculos y que la obliga a depender de un respirador artificial y de la asistencia de enfermeras.
El 2015, Ana estuvo internada en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Rebagliati a causa de una neumonía. Se le cayó el cabello y llegó a pesar 35 kilos. Se sentía muerta en vida. En su blog cuenta que no quiere vivir así (https://anabuscalamuertedigna.wordpress.com/). «Esto se trata de libertad, no de querer morir. Yo no me quiero morir, yo lo que quiero es la libertad de poder elegir. Si en algún momento lo necesito, quiero poder elegir y morir para no sufrir», señala.
Con esta sentencia, los médicos que apliquen la eutanasia a Ana Estrada, en el momento que ella lo decida, quedarán eximidos de castigo, pues la eutanasia está penada en Perú con hasta tres años de prisión bajo la figura del homicidio piadoso.
La sentencia del juez Jorge Ramírez puede ser apelada por los Ministerios de Salud y de Justicia y por EsSalud, cuyos abogados se oponen a la demanda de Estrada al considerar que la eutanasia debe ser legalizada por una ley en el Congreso. Sin embargo, la Defensoría del Pueblo, que ha patrocinado la demanda de Estrada, ya ha anticipado que acudirán al Tribunal Constitucional si se revierte el fallo en segunda instancia.
Comisiones médicas en siete días
El fallo establece una serie de plazos para que el Ministerio de Salud y EsSalud preparen el procedimiento para atender la solicitud de eutanasia de Estrada.
Primero deberán conformar en siete días tres comisiones médicas con reserva de la identidad de los médicos y con respeto de su objeción de conciencia.
Dos comisiones estarán en EsSalud, una para elaborar los aspectos asistenciales y técnicos y un protocolo de cumplimiento del derecho de Estrada a la muerte digna y otra para cumplir con practicar la eutanasia propiamente dicha.
El Ministerio de Salud tendrá otra comisión que deberá aprobar el plan con los aspectos asistenciales y técnicos elaborados por EsSalud.
Una vez aprobados los protocolos, EsSalud deberá practicar la eutanasia a Estrada en un máximo de diez días desde el momento que ella manifieste formalmente su voluntad.
Durante la audiencia celebrada sobre este caso, Estrada ya dejó claro que ella tiene ganas de vivir, y lo que pretende es tener la libertad de poder elegir el momento en el que morir con dignidad cuando las condiciones de su enfermedad hagan ya su vida insoportable e indigna.
De momento exclusivo para Estrada
El único aspecto que el juez no aceptó de la demanda fue ordenar al Ministerio de Salud que elabore una directiva para otros casos similares al de Estrada, por lo que de momento Ana será la única persona en Perú con derecho a la eutanasia.
Esta sentencia supone un paso hacia la legalización de la eutanasia para hacerla accesible a toda su población, algo que puede darse con un proyecto de ley presentado recientemente en el Congreso e inspirado en el caso de Ana Estrada.
Hasta ahora sólo seis países en el mundo han legalizado la eutanasia, entre ellos Bélgica, Canadá, Colombia, España, Holanda y Luxemburgo, mientras que Chile está próximo a sumarse con una ley pendiente de ser ratificada por el Senado.