La promoción de la alimentación saludable no solo implica difundir hábitos de consumo saludables, facilitar el acceso a productos nutritivos, hacer educación nutricional en favor de la población y especialmente de los niños y adolescentes. También supone enfrentar todos aquellos factores que interfieren con una buena alimentación, tales como la promoción, oferta y publicidad de productos ultraprocesados y nocivos a la salud por su alto contenido de azúcar, sodio, grasas saturadas y, peor aún, por las grasas trans.
La Ley 30021 de Promoción de la Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes (2013) ha sido un aporte importante en el objetivo de reducir el sobrepeso y obesidad que afecta tanto a nuestra población y que durante esta pandemia se ha puesto de manifiesto, al constituirse en un factor de mortalidad, ya que el 85% de las muertes por la covid-19 ha afectado a las personas con dichas condiciones. Según datos oficiales, el 43,1% de quienes fallecieron por covid-19 con comorbilidades eran diabéticos y el 27,2%, hipertenso. Es decir, la gravedad aumenta con estas enfermedades crónicas (Minsa 2020).
Siguiendo el espíritu de esta ley, la Municipalidad de Lima emitió, a fines de junio, la Ordenanza Nº 2366, que promueve la generación de entornos saludables para los niños, niñas y adolescentes.
El objeto de esta ordenanza es: “Promover la salud de las personas a través del desarrollo, la construcción social e implementación de entornos saludables que incentiven las buenas prácticas y hábitos de alimentación saludable y la actividad física, así como la restricción de aquellas que se le contrapongan”.
Hay una serie de alcances interesante en esta ordenanza, entre los que podemos mencionar los siguientes:
Se crea el programa Lima Aprende Saludable
Este se propone capacitar y sensibilizar a escolares, maestros y padres de familia sobre el cuidado integral de la salud y, en especial, la importancia de practicar hábitos de alimentación saludable y actividad física. Para ello, se implementará una estrategia educativa comunicacional. Este programa se ejecuta en coordinación con las autoridades y con la comunidad educativa correspondientes.
Establece la vigilancia de los quioscos y comedores escolares
El objetivo es garantizar el cumplimiento de la Ley N° 30021, que establece la obligación de que, en dichos espacios, se vendan exclusivamente alimentos saludables. En el 2019, el Ministerio de Salud había establecido lineamientos para la promoción y protección de la alimentación saludable en las escuelas públicas y privadas. Aquel mismo año, el Ministerio de Educación aprobó la norma técnica “Orientaciones para la promoción de la alimentación saludable y la gestión de quioscos, cafeterías y comedores escolares saludables de educación básica”. Sin embargo, hasta la fecha no había claridad en cuanto al rol de los gobiernos locales para la fiscalización y la aplicación de sanciones por el expendio de comida chatarra en los colegios. Esta labor se realizaría en coordinación con las otras autoridades y con la comunidad educativa.
Pero la tarea no se limita a fiscalizar, sino que se orienta más bien a promover el expendio exclusivo de alimentos saludables, lo cual implica un trabajo de articulación y capacitación con todos los actores involucrados: docentes, alumnos, padres de familia, conductores de los quioscos, cafeterías y comedores escolares.
El reto consiste en transformar el concepto de quiosco, equivalente a una pequeña bodega, en favor de la construcción de un espacio educativo nutricional, donde se privilegie, no el negocio, sino la salud de la comunidad educativa y el fomento de los buenos hábitos de consumo.
Se prohíbe vender comida chatarra alrededor de las escuelas
Se establece una zona rígida para el comercio ambulatorio de alimentos no saludables como golosinas, bebidas azucaradas, productos ultra procesados y similares en el perímetro de 200 metros alrededor de los centros educativos.
Esta restricción también es importante porque no tiene sentido que, mientras la ley prohíbe el expendio de comida chatarra dentro de las escuelas, en las puertas de estas se aglomeren los vendedores de productos ultraprocesados, convirtiéndolas en espacios obesogénicos.
Al respecto, la Municipalidad Distrital de Barranco emitió anteriormente la Ordenanza Nº 448-MDB (2016), que regula la alimentación saludable y fomenta entornos saludables en instituciones educativas y alrededores. Dicha norma estableció una zona rígida para el comercio ambulatorio en un perímetro de la misma extensión. Esta restricción al comercio ambulatorio fue denunciada como barrera burocrática ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). El caso se declaró infundado en ese extremo y, en consecuencia, se ratificó la validez y legalidad de la ordenanza distrital a través de la Resolución 0362- 2019-SEL-INDECOPI (2019).
Se crea el Programa Lima, Come sano
El objetivo es promover restaurantes que oferten una alimentación saludable de acuerdo con las Guías Alimentarias para la Población Peruana (Minsa 2018), al menos en un 20% de su oferta.
Considerando la extraordinaria cultura gastronómica que tenemos en el Perú y la tendencia cada vez mayor hacia la alimentación saludable, el objetivo de esta norma es incrementar la oferta culinaria hacia los parámetros ya establecidos en estas guías, que son orientaciones oficiales, emitidas por la autoridad sanitaria, respecto de lo que se considera una alimentación saludable.
Los restaurantes informarán el contenido calórico
Se promoverá que los restaurantes incorporen de manera clara y destacada en su carta el contenido calórico de cada una de sus presentaciones a fin de favorecer una alimentación saludable.
La información a los consumidores es muy importante y está reconocida por el Código de Protección y Defensa del Consumidor (CPDC 2010). Si bien este punto de la norma no es mandatorio, transmite un mensaje valioso: la necesidad de que los restaurantes brinden información a sus comensales respecto del contenido calórico de cada una de sus presentaciones en sus cartas. Además de posicionar mejor al establecimiento, esto permite a los consumidores tener mejores elementos de juicio antes de elegir una u otra opción.
Se prohíbe colocar saleros en las mesas
La sal y otros condimentos que contengan sodio serán ofrecidos por el restaurante exclusivamente a los comensales que lo soliciten de manera expresa y luego de su uso serán retirados de la mesa. La sal que se ofrezca será preferentemente baja en sodio. Además, se deberá colocar un letrero con el mensaje: “Menos sal, menos azúcar, mas vida”.
Esta disposición es coherente con lo establecido en una norma sanitaria de la Dirección General de Salud Ambiental, aprobada por la Resolución Ministerial 822-2018-MINSA:
“En el marco de minimizar los riesgos de hipertensión arterial en la población, y a fin de fomentar las decisiones libres e informadas de los consumidores, solo se servirá o dispensará sal en la mesa en saleros, o en todo lo que haga sus veces, si el consumidor lo solicita en forma expresa”.
Se promueven los Puntos Saludables
Se ha establecido un programa denominado Puntos Saludables como una manera de fomentar la producción y el expendio de alimentos saludables a favor de quienes cumplan con las especificaciones establecidas en las Guías Alimentarias para la Población Peruana.
Con esta finalidad se crea el Registro de Puntos Saludables (PS), en el cual se podrán inscribir las personas naturales y jurídicas que provean exclusivamente alimentos saludables. Estas personas podrán ostentar el distintivo correspondiente en su publicidad. Además, formarán parte de un directorio y de un aplicativo informático de fácil acceso para el público.
De esta manera, todos los emprendedores que quieran posicionarse como una opción saludable y beneficiarse de esa demanda creciente del público, podrán acceder a una certificación especial y además formar parte de una plataforma digital que permitará al público identificar rápidamente esta oferta.
Esta ordenanza es un gran avance para fomentar los entornos saludables y restringir aquellos que promueven la obesidad, pero aún hay mucho por hacer. Por ejemplo, hace falta limitar la publicidad de comida chatarra alrededor de las escuelas y la publicidad de productos no saludables en el horario de protección al menor. Al respecto, el primer ministro de Reino Unido, Boris Johnson, anunció recientemente que, desde fines del 2022, se prohibirá la publicidad de comida chatarra en la televisión antes de las nueve de la noche con el objetivo de prevenir la obesidad (DW 2021).
Saludamos a la regidora Jessica Huamán, presidenta de la Comisión de Salud de la Municipalidad de Lima, por ser la impulsora de esta iniciativa junto a la Mesa de Trabajo de entornos alimentarios saludables, ya que así se ayudará a combatir el sobrepeso y la obesidad, posicionando a Lima como una ciudad saludable. Ahora lo que queda es poner en práctica esta ordenanza, trabajo que esperamos sea liderado por el propio alcalde Jorge Nuñoz y su equipo.
Referencias bibliográficas:
- CPDC (2010). Código de protección y Defensa del Consumidor. Aprobado por Ley Nº 29571, publicado el 2 de setiembre de 2010.
- DW (2021). Reino Unido censurará publicidad de comida chatarra.
- MINSA (2018). Guías Alimentarias para la Población Peruana. Resolución Ministerial Nº 1353-2018/MINSA, del 29 de diciembre de 2018.
- MINSA (2020). El 85.5 % de pacientes fallecidos con comorbilidades por covid-19 padecían obesidad.
- Ordenanza Nº 448-MDB (2016). Municipalidad Distrital de Barranco. Ordenanza que regula la alimentación saludable y fomento de entornos saludables en instituciones educativas y alrededores.
- Ordenanza Nº 2366-2021. Municipalidad de Lima. Ordenanza que promueve la generación de entornos saludables para los niños, niñas y adolescentes en Lima Metropolitana.
- Resolución Ministerial Nº 195-2019-MINSA. Resolución Ministerial Nº 195-2019- MINSA. Documento Técnico “Lineamientos para la promoción y protección de la alimentación saludable en las instituciones educativas públicas y privadas de la educación básica.
- Resolución Vice Ministerial 076-2019-MINEDU. Norma Técnica “Orientaciones para la promoción de la alimentación saludable y la gestión de quioscos, cafeterías y comedores escolares saludables de educación básica".
- Resolución 0362- 2019-SEL-INDECOPI (2019)
- R.M.822-2018-MINSA (2018). Resolución que aprueba la NTS 142-MINSA /DIGESA-V.01, publicada el 7 de setiembre del 2018.