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Indecopi multa a Mifarma con 459,800 soles por no vender genéricos por unidad

La resolución en primera instancia indica que la cadena del Grupo Intercorp no puso a disposición de los usuarios la lista de precios y no brindó información veraz.

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La Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi impuso una multa de 459,800 soles a la cadena Mifarma por no poner a disposición de los usuarios la lista de precios de los productos farmacéuticos que comercializa, no permitir la venta de medicamentos genéricos por unidad, y no brindar información veraz. Por ejemplo, esta cadena del Grupo Intercorp indicaba que no contaba con el medicamento “Naproxeno” de 550mg. en su versión genérica, pese a tenerlo en almacén. 


El grupo de trabajo tomó el caso de oficio luego de acciones de supervisión en calidad de consumidor incógnito en 17 establecimientos de Mifarma en el país. Se verificó que los establecimientos contaban con una ventanilla o pantalla giratoria para la consulta de precios de los productos farmacéuticos, pero que para su uso se requería del apoyo del personal de la farmacia, lo que no califica como ‘poner a disposición la lista de precios’ en los términos que establece la norma, es decir que sea de acceso directo para los consumidores. 

Lista de precios

De acuerdo con el Código del Consumidor, los proveedores deben contar con una lista de precios de fácil acceso a los usuarios. Sin embargo, Mifarma no permitió la venta de medicamentos genéricos por unidad, lo que constituye una práctica abusiva en contra de los consumidores.

Cabe señalar que, según el artículo 57 del Código, son métodos abusivos todas aquellas prácticas que realiza el proveedor en aprovechamiento de la situación de desventaja del consumidor, por las circunstancias particulares de la relación de consumo, y que le imponen condiciones excesivamente onerosas. 

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En el 2018, el grupo Intercorp absorbió a su competidor Quicorp y concentró el 83% de las cadenas de boticas del país. Además se volvió dueño de laboratorios y distribuidoras.


Información veraz

Cuando Mifarma negó a los usuarios el medicamento “Naproxeno” de 550 mg. en su versión genérica, pese a tener dicho producto en almacén, infringió el artículo 2 del Código del Consumidor, que indica que los proveedores tienen la obligación de ofrecer toda la información relevante para tomar una decisión o realizar una elección adecuada de consumo.

La sanción a la cadena de farmacias del Grupo Intercorp se encuentra dentro del plazo de apelación y que, de ser presentada, será resuelta por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, segunda y última instancia administrativa del Indecopi.  

La resolución de esta decisión es pública y puede ser revisada en el siguiente enlace: https://bit.ly/3d5Jqvj

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