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ONU: Perú vulneró los derechos de una niña víctima de abuso sexual al impedirle acceder al aborto terapéutico

En su resolución, el Comité de los Derechos del Niño de la ONU solicita al Estado que despenalice el aborto en todos los casos de embarazo infantil y que modifique la norma que regula el acceso al aborto terapéutico para prever su aplicación específica a las niñas.

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Ilustración: Jugo Gástrico (Rocío Urtecho)/Archivo

El Comité de los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) determinó que Perú violó los derechos de Camila, una niña indígena de Apurímac, al impedirle acceder al aborto terapéutico luego de que su padre abusara sexualmente de ella y quedara embarazada a los 13 años de edad. En esta resolución ha solicitado al Estado que despenalice el aborto en todos los casos de embarazo infantil y modifique la norma que regula el acceso al aborto terapéutico para prever su aplicación específica a las niñas.

La decisión se hizo pública hoy luego de que el Comité revisara el caso por más de tres años. Camila vivía en Huanipaca, una zona rural de la sierra de Apurímac, y fue víctima de violación desde los nueve años de edad. En el 2017, cuando quedó embarazada, un familiar la llevó al hospital de Abancay y la niña manifestó al personal médico que no quería tener un hijo de su padre. Sin embargo, en vez de brindarle información y acceso al aborto terapéutico, la obligaron a continuar con el embarazado.

Camila reiteró su pedido de no ser madre en cada visita domiciliaria que le realizaba el personal de salud, varias veces en presencia de policías que llevaban para que no se negara a los controles prenatales. Esta situación generó que tanto Camila como su familia sufrieran estigma y que la menor abandonara el colegio.

El aborto está penalizado en el Perú, con excepción de cuando pone en grave riesgo la salud o a la vida de la madre, como sucedía con Camila a su corta edad. Con la ayuda de una ONG, Camila y su familia pidieron al hospital de Abancay y a la fiscal que llevaba su caso por violación sexual que le practicaran un aborto terapéutico, pero nunca respondieron a la solicitud. Por el contrario, cuando tuvo un aborto espontáneo, la misma fiscal que seguía su caso por la violación la procesó penalmente por el delito de autoaborto.

La fiscal ordenó que Camila y su abusador declararan conjuntamente durante la investigación sin ninguna medida que protegiera a la menor de edad. Además, desvió la investigación por la violación con la finalidad de centrarse en la acusación por el supuesto autoaborto. Las pruebas que utilizó la fiscal fueron las constantes declaraciones de la niña en las que pedía que no quería seguir con su embarazo.

Ante estas vulneraciones a sus derechos y sin la posibilidad de acceder a justicia en el Perú, Camila llevó su caso al Comité de los Derechos del Niño con el patrocinio legal de las organizaciones no gubernamentales Promsex y Planned Parenthood.

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Se trata del primer caso peruano ante el Comité de Derechos del Niño la ONU.
Imagen: Comité de los Derechos del Niño

"Estoy consternada por el modo en que las autoridades del Perú han tratado a una niña de 13 años víctima de violación e incesto. Lejos de ser protegida, dada su extrema vulnerabilidad, fue revictimizada y acosada por las autoridades sanitarias, policiales y judiciales. De hecho, pasó de víctima a delincuente", declaró la presidenta del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, Ann Skelton.

El Comité consideró que la falta de información sobre los servicios de interrupción voluntaria del embarazo y de acceso efectivo a dichos servicios expuso a Camila a un riesgo real, personal y previsible para su vida y su salud. La situación se vio exacerbada por la condición de Camila de víctima de violación por parte de su padre, lo que agravó aún más las consecuencias del embarazo en su salud mental. Por lo tanto, el Comité consideró que Perú violó los derechos a la salud y a la vida de la niña.

También observó que Camila, una niña indígena y campesina, fue revictimizada por el personal de salud, policial y fiscal porque su solicitud de aborto terapéutico fue constantemente ignorada y tanto su hogar como su escuela fueron invadidos. Así, determinó que Camila fue discriminada por su género, origen étnico, condición social y edad.

El hecho de que la niña no accediera a un aborto seguro también constituyó un trato diferenciado por su género en el que se le negó un servicio esencial para la salud, castigándola por no cumplir los estereotipos de género en la función reproductiva. "Esperamos sinceramente que este caso contribuya a desencadenar cambios estructurales en la legislación y las instituciones peruanas para que las niñas puedan acceder a un aborto seguro, dado el alto riesgo que los embarazos suponen para su salud y su vida", apuntó Skelton.

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