Noticias

Un fallo a favor de los alimentos procesados revela conflictos de intereses en Indecopi

El Indecopi resolvió que es ilegal la publicidad de los octógonos que alertan sobre los altos niveles de azúcar, sal y grasas saturadas en los productos procesados en el Perú. La resolución fue emitida por una comisión que tiene dos integrantes con conflictos de interés por su vinculación con la industria alimentaria. El Ministerio de Salud apelará el caso. 

Indecopi.jpg
Foto: Max Cabello

El pasado 17 de junio el Indecopi declaró ilegal la publicidad de los octógonos que aparecen en los productos procesados y bebidas azucaradas para alertar a los usuarios sobre los niveles excesivos de azúcar, sodio, grasas saturadas y grasas trans. La resolución, emitida por  la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de esta entidad, implica la eliminación de una de las medidas más claras aprobadas por el Ministerio de Salud para que los usuarios se informen sobre el contenido de los comestibles que llevan a su mesa.  

La demanda en contra de la publicidad de los octógonos - que figura en la Ley de Alimentación Saludable- fue presentada mediante los escritos del 13 y 23 de septiembre del 2019, y 7 de octubre del mismo año por Esteban Alfredo Pérez Señor, apoderado legal de la agencia de comunicación 360 BTL, que se encarga de elaborar anuncios publicitarios y que tiene como uno de sus principales clientes a la multinacional Coca-Cola. 

El caso pasó a manos de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi que emitió su resolución el 25 de marzo del 2020, pero debido a la pandemia se retrasó su publicación hasta el 17 de junio. Esta comisión tiene dos integrantes que al momento de emitir el fallo presentaban un conflicto de interés: Carlos Mendoza, exgerente legal de la Sociedad Nacional de Industrias (SIN) y Gonzalo Zegarra, presidente ejecutivo de la consultora Azerta, que tiene como cliente a Coca-Cola. 

Según Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), el fallo revela un grave problema en la conformación de las comisiones del Indecopi: sus miembros no son funcionarios de la entidad, sino comisionados externos. “No se evalúa su hoja de vida para identificar si tienen algún conflicto de interés con los casos que deben resolver y que muchas veces afectan de manera directa a los consumidores”, explicó. 

Voceros del Indecopi dijeron a Salud con lupa que “cualquier consulta sobre el conflicto de interés de los miembros de las comisiones debe ser atendida por ellos mismos". Nos comunicamos con Gonzalo Zegarra, vicepresidente de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, quien a través de un mensaje de Whatsapp respondió lo siguiente: “El Ministerio de Salud no tiene competencia para regular la publicidad (...) No veo ningún conflicto con relación a mi decisión, ya que dentro de la consultora Azerta no me encargo de atender [directamente] la cuenta de Coca-Cola”.

La corporación Coca-Cola es una de las empresas interesadas en que se eliminen o cambien las normas para la publicidad de productos procesados y bebidas azucaradas. El 17 de junio de 2019, desde que se implementó la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para Niñas, Niños y Adolescentes en el Perú, ha disminuido en 6% el consumo de sus bebidas altas en azúcar. “Al estar más informadas, las personas saben qué productos comprar para tener una alimentación saludable”, explica el abogado Crisólogo Cáceres. 

Según Cáceres, el Indecopi debe nombrar comisionados que formen parte de la entidad y seleccionarlos bajo concurso público para evitar que se repitan casos como el ocurrido con los octógonos informativos. “No solo debe tenerse en cuenta su capacidad académica, también su trayectoria social”, dice. 

Ayer, tras la publicación de la resolución de la comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, el Ministerio de Salud anunció que apelará al fallo y que se ratifica en la defensa del derecho a la salud y a la información de las personas sobre el contenido de nutrientes críticos como azúcar, grasa saturada, grasas trans o sodio en los productos procesados. Mientras que la Secretaría Técnica de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi solicitó a la Procuraduría de la entidad que también apele la resolución. Es decir, dos comisiones distintas del Indecopi no están de acuerdo y enfrentarán su más reciente decisión.

Más en Noticias

Más en Salud con lupa