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Sala del Indecopi que beneficia a Bimbo la integra un miembro de la industria

La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi revocó una sanción aplicada a Panificadora Bimbo del Perú S.A., argumentando que la empresa no está obligada a poner una advertencia de grasas trans en sus productos. Vocal que firmó la resolución es parte del equipo gerencial de la Sociedad Nacional de Industrias.

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Tribunal del Indecopi determinó que no es obligatorio advertir del contenido de grasas trans en un producto que tiene menos de 0.5%, pese a que contradice la Ley de Alimentación Saludable.

La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi dejó sin efecto una sanción impuesta a la empresa Panificadora Bimbo del Perú S.A. por comercializar un producto con grasas trans sin la advertencia publicitaria “Contiene grasas trans: Evitar su consumo”, según la resolución que aprobó este 5 de octubre.

La ausencia de la advertencia se verificó en julio de 2019 en una diligencia de inspección realizada en un local del supermercado Wong. En consecuencia, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi determinó que la empresa había incumplido la Ley de Alimentación Saludable que precisa la obligación de consignar advertencias publicitarias en productos con grasas trans y/o alto contenido de azúcar, sodio y grasas saturadas. La Comisión lo determinó como una infracción leve y le impuso a la Panificadora Bimbo una multa de 6 UIT a inicios del 2021.

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Captura: Resolución 0134-2021 del Tribunal del Indecopi

Sin embargo, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi determinó que, a diferencia de lo que ocurre con los productos con alto contenido de sodio, azúcar y grasas saturadas, la Ley de Alimentación Saludable y el Manual de Advertencias Publicitarias no precisan parámetros para las grasas trans.

Según esa interpretación, al no haber una cantidad de grasas trans estipulada para que sea obligatoria la advertencia de publicidad, se pasa a tener como referencia el Codex Alimentarius, una serie de normas y directrices sobre alimentos internacionalmente reconocidas. Y al no estar previsto el caso en el Codex, corresponde guiarse por las disposiciones de la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA).

Pero, como apunta el abogado Jaime Delgado, especialista en derechos del consumidor, “legalmente, todos los productos que contengan grasas trans deben consignar el octógono”. Ello porque la norma establece que la advertencia publicitaria para productos con grasas trans es “Contiene grasas trans: Evite su consumo”, independientemente de la cantidad. Un caso distinto al etiquetado que advierte “Alto en sodio” o “Alto en azúcar”. Esa misma posición fue expresada por la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa), entidad adscrita al Ministerio de Salud, a través de un informe que entregó en setiembre de 2019 sobre el caso. En dicho documento confirma que los productos bajo el ámbito de la Ley de Alimentación Saludable que contengan grasas trans deben advertirlo en su empaque con la advertencia publicitaria respectiva.

Pese a ello, la mencionada sala del Tribunal de Indecopi optó por su propia interpretación. De acuerdo al abogado Jaime Delgado, la decisión no tiene ni pies ni cabeza pues se está anteponiendo una norma de Estados Unidos a la propia ley peruana. “Indecopi lo que está haciendo es obligarnos a comer a ciegas, privándonos del derecho a la información. Está diciendo ‘si tienes menos de 0.5, declara como cero y no le pongas la advertencia’. Eso es contrario a lo que manda la ley”, expresó.

Más aún, otro elemento añade gravedad a la resolución del Tribunal del Indecopi

Juez y parte

El documento que resuelve revocar la sanción a Panificadora Bimbo del Perú expresa el voto a favor de tres vocales de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal de Indecopi: Silvia Hooker (vicepresidenta de la Sala), Ana Martinelli (presidenta de la Sala) y José Perla.

Algo que aparentemente se pasó por alto en la deliberación es que la abogada Silvia Hooker, además del cargo que mantiene en el Indecopi, es también gerenta de Asuntos Internacionales de la Sociedad Nacional de Industrias. Y este gremio no solo ha sido constante opositor a la Ley de Alimentación Saludable, sino que tiene a la empresa Panificadora Bimbo del Perú como uno de sus agremiados.

“¿Cómo es posible que no se haya inhibido de emitir una resolución? En un caso que está beneficiando a sus agremiados? Es un clarísimo conflicto de interés”, apunta Delgado. Cabe resaltar que Silvia Hooker es además quien firma la resolución que da la razón a la Panificadora Bimbo del Perú, miembro de la Sociedad Nacional de Industrias.

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